Etiqueta: seguridad laboral

calzado laboral ejecutivo

Calzado laboral ejecutivo METROPOL S2 de Panter, fabricado en piel flor natural hidrofugada y transpirable.

Equipo de protección ultraligero y cómodo, recomendado para profesionales que pasan mucho tiempo de pie y/o caminando. Calzado profesional enfocado para ejecutivos, con diseño formal y urbano.

Calzado Laboral Ejecutivo

  • Diseño ejecutivo.
  • Fabricado en piel flor natural 1ª calidad hidrofugada y transpirable .
  • Suela Ultralight fabricada en EVA + Caucho, adaptable a la forma natural del pie, gran sensación de confort gracias a su ligereza y flexibilidad. Resistente al uso diario, al desgaste y con alta resistencia al deslizamiento (SRC).
  • Puntera anti-impactos de acero (200J).
  • Plantilla interior termoconformada y viscoelástica con tecnología PANTER TRI-TEC.
  • Forro interior de piel natural, transpirable, de tacto suave y con alta resistencia a la abrasión.
  • Certificado OEKO-TEX. Los tejidos utilizados para confeccionar este calzado están exentos de sustancias que puedan ser nocivas para las personas o  el medio ambiente.
  • Calzado antifatiga.

Puntera de Acero 200 J: Fabricada en acero especial de primera calidad, escogido por sus características de resistencia a los impactos superiores a 200 Julios. Diseño ergonómico que se adapta perfectamente a los dedos del pie.

Suela Gumlight: Material monodensidad que combina caucho + EVA (Gumlight). Aporta al usuario una gran sensación de confort gracias a su ligereza, flexibilidad y adaptación a la forma natural del pie.

Tri-Tec Viscoelástica Antiestática Antibacteriana: Diseño en forma de celdilla de embudo que mantiene el pie seco y confortable. Incorpora carbón activo que evita la proliferacion de microorganismos y malos olores.

Propulsión del pie (material Viscoelastico en toda la superficie plantar que reutiliza la energía cinética del movimiento para impulsar el siguiente paso).

Shock Absorber (Eficaz amortiguador de la zona crítica de máximo impacto. Previene microtraumas).

Lámina de translación de sudor (Aleja el sudor rapida y eficazmente del pie).

Tejido de alta resistencia a la abrasión.

Piel Natural 1ª Flor Hidrófuga: Piel flor natural de primera calidad con alta resistencia al agua sin perder sus propiedades de transpiración. Escogida por su calidad, resistencia y capacidad transpirable.

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Sistema Anticaídas

Un sistema anticaídas tiene como objetivo conseguir la parada segura del trabajador que cae. Dicho de forma más concreta el objetivo mencionado implica que, en pri­mer lugar, debe conseguirse que la distancia vertical rcorrida por el cuerpo a consecuencia de la caída sea la mínima posible.

A continuación debe producirse el frenado de la caída en las condiciones menos perjudi­ciales para el trabajador y que, finalmente, debe garanti­zarse su mantenimiento en suspensión y sin daño hasta la llegada del auxilio.

Sistema Anticaídas

La existencia de una amplia gama de equipos (cla­ses) diferentes comercializados, provistos de manual de instrucciones, marcados y embalados. Sin embar­go, debe tenerse en cuenta que ninguno de estos equipos garantiza, por sí solo, la protección eficaz contra una caída de altura.

La posibilidad de encontrar una amplia gama de ti­pos dentro de cada clase. Cada uno de estos tipos está diseñado para proporcionar unas determinadas prestaciones y al mismo tiempo tiene sus correspon­dientes limitaciones de uso.

Es necesaria la compatibilidad entre equipos derivada de la existencia de diferentes clases de equipos. Sólo está garantizada la parada segura de la caída cuan­do se utilizan aquellos conjuntos formados por equi­pos conectados entre sí de forma compatible.

En la selección del sistema anticaídas adecuado de­ben considerarse sus características de diseño y de comportamiento en caso de caída, la presencia de obstáculos en las proximidades, la libertad de movi­mientos requerida por el trabajador para la ejecución de la tarea y la situación del punto de anclaje.

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protección en altura

Hoy vamos a hablar sobre el concepto de Protección en altura. No todos los trabajos en altura se realizan en las mismas condiciones: unas veces se trabaja suspendido de una cuerda porque no hay posibilidad de apoyar los pies en ningún lugar; otras sobre una superficie, la cual puede ser plana o inclinada, et…

En la elección de un equipo de protección individual (EPI) hay que tener en cuenta precisamente estas condiciones de trabajo, la altura de la caída, el lugar idóneo donde se puede enganchar el trabajador su equipo de protección.

Este artículo define de un modo sencillo y claro el concepto que se utiliza a menudo en lo relativo a los EPI a utilizar en los trabajos en altura, de manera que sea de utilidad en el momento de seleccionar y emplear los EPI contra caídas durante la ejecución de trabajos en altura, ya que se van a definir algunos de los conceptos básicos más empleados para tratar el riesgo de caída en altura.

Cuando un trabajador se encuentra en una situación con riesgo de caída y está provisto de un sistema de seguridad que detendría la caída en caso de producirse, se dice que está en situación de “caída libre”.

La parada de la caída se debe hacer de forma progresiva, de manera que las fuerzas que reciba el cuerpo del trabajador no le causen lesiones. La caída se produce, pero el sistema de seguridad la detiene.

Se puede hacer un paralelismo entre esta situación y la acción de detener un coche que está en movimiento. Hay dos formas de parar el coche, la primera es tan simple como poner un muro delante. El coche se para pero la fuerza de frenado es tan alta que las consecuencias son catastróficas.

Sin embargo, si la detención se hace correctamente con los frenos la parada será progresiva, las fuerzas que detienen al coche serán moderadas para él y los ocupantes. Es cierto que necesitará mayor distancia de frenado y aparecerá el riesgo de chocar contar objetos durante la detención, riesgos que habrá que tener en cuenta, pero es la única manera de que la parada sea efectiva.

Protección en altura, sistemas

Absorbedores de energía, normalmente compuestos por cintas cosidas sobre sí mismas cuyas costuras se van rompiendo ante una fuerza alta.

Cuerdas que son capaces de estirarse de manera que actúan como un muelle.

Otros sistemas, ideados por los fabricantes para este fin, como pueden ser fibras elásticas, piezas que se deforman, etc.

La forma de actuar de estos elementos consiste en absorber la energía que adquiere el cuerpo en la caída. Para ello, utiliza una fuerza de frenado progresiva durante un determinado tiempo sobre la masa del cuerpo que está cayendo. Esto produce una deceleración del cuerpo hasta conseguir detenerlo.

En la siguiente figura se muestran las diferentes fases de una caída y cómo funciona un sistema de seguridad, en este caso, con un sistema anticaídas con absorbedor de energía.

Protección en Altura

A continuación, se explica el proceso físico de cómo funcionan los sistemas que hacen que el trabajador amortigüe su caída. Para ello, se deben aplicar dos fórmulas: La segunda ley de Newton: Fuerza = masa x aceleración . Y la definición de trabajo: Trabajo = fuerza x distancia.

Todo cuerpo ubicado en altura posee la denominada energía potencial (capacidad que tiene un cuerpo de realizar un trabajo al pasar de una posición más alta a otra más baja).

Durante la caída, el cuerpo se acerca al suelo mientras que la velocidad se incrementa y la energía potencial se va transformando en energía cinética hasta que la caída se detiene. Cuando la velocidad es cero, la energía cinética desaparece y se transforma, principalmente, en deformación del cuerpo.

Así, y en términos generales, la energía que debe ejercer el sistema de seguridad (trabajo) para detener una caída debe ser equivalente a la energía que adquiere el trabajador durante la caída (energía cinética).

Ahora bien, para que el trabajador no sufra una fuerza de impacto excesivamente alta, el sistema de seguridad está compuesto por diferentes elementos que absorben energía y detienen progresivamente la caída.

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espacios confinados

Un espacio confinado es cualquier recinto con aberturas limitadas de entrada y salida y ventilación natural escasa o nula, en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables, o tener una atmósfera deficiente en oxígeno, y que no está concebido para una ocupación continuada por parte del trabajador.

Puede ser necesario acceder más o menos frecuentemente a ellos para realizar tareas de mantenimiento, reparación o limpieza.

Debido a su limitada ventilación, en los espacios confinados pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables, o tener una atmósfera deficiente en oxígeno.

Recuerda, al acceder a ellos pueden producirse accidentes graves e incluso mortales por asfixia debida a la falta de oxígeno, por intoxicación al inhalar gases tóxicos y por incendios o explosiones.

Los accidentes en estos espacios son muy a menudo mortales y tienen lugar por no reconocer, previamente a su acceso, los riesgos presentes. Una gran proporción de las muertes en espacios confinados ocurren durante el auxilio inmediato a las primeras víctimas.

Espacios Confinados

  • Abiertos por su parte superior y de una profundidad tal que dificulta su ventilación natural: fosos de engrase de vehículos, cubas de desengrasado, pozos, depósitos abiertos, cubas.
  • Espacios confinados cerrados con una pequeña abertura de entrada y salida: reactores, tanques de almacenamiento, sedimentación, etc.; salas subterráneas de transformadores, gasómetros, túneles, alcantarillas, galerías de servicios, bodegas de barcos, arquetas subterráneas, cisternas de transporte.

Riesgos que existen

1.- Falta de oxígeno: es frecuente que en los espacios confinados la concentración de oxígeno en el aire sea insuficiente para que una persona respire. El aire se compone de diferentes gases, incluido el oxígeno. El aire ambiente normal contiene una concentración de oxígeno del 20,9% v/v. Cuando el nivel de oxígeno cae por debajo de 19,5% v/v, se considera que el aire es deficiente en oxígeno. Las concentraciones de oxígeno por debajo de 16% v/v no se consideran seguras para los humanos.

2.- Presencia de gases tóxicos: en muchos espacios confinados existen materiales de origen diverso que por putrefacción, fermentación u otros procesos similares generan gases que pueden ser muy tóxicos, tales como el ácido sulfhídrico con su característico olor a “huevos podridos o el monóxido de carbono, que no tiene olor pero puede producir rápidamente la muerte. Las medidas más usadas para la concentración de gases tóxicos son las partes por millón (ppm) y las partes por billón (ppb).

3.- Riesgo de Incendio y explosión: los gases acumulados en el interior de un espacio confinado pueden ser inflamables (gas natural, amoniaco, monóxido de carbono, etc.) y dar lugar a un incendio o una explosión cuando en el interior del espacio se produce alguna chispa o se enciende una llama. Se expresa en % de LEL “Lower Explosive Limit” (de 0 a 100%) o % x vol.

4.- Riesgos por caídas o resbalones: el acceso a espacios confinados requiere el establecimiento de un sistema de protección anticaida durante el descenso y el ascenso del operador así como el equipo y procedimientos necesarios para las labores de rescate y evacuacion si fuera necesario.

Ejemplos de espacios confinados: Las arquetas, alcantarillas, galerías de servicios, patinillos, bodegas de barco, aljibes, pozos, fosas sépticas, salas subterráneas de transformadores, depósitos, reactores, calderas, hornos, conductos, cisternas de transporte, silos y palas de aerogeneradores…

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nuevo reglamento EPI

A continuación vamos a detallar las claves del nuevo reglamento EPI. Cambios, conceptos excluidos, tiempos de transición y adaptación a la nueva legislación.

Primero debemos recordar la definición oficial de equipo de protección individual. Según el Real Decreto 773/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

Un EPI es cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.

Nuevo Reglamento EPI

En el artículo 2 de este Real Decreto, dedicado a la definición de equipo de protección individual, quedan excluidos del concepto de EPI, a los efectos de esta norma, los siguientes:

  • La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador.
  • Los equipos de los servicios de socorro y salvamento.
  • Los equipos de protección individual de los militares, de los policías y de las personas de los servicios de mantenimiento del orden.
  • Los equipos de protección individual de los medios de transporte por carretera.
  • El material de deporte.
  • El material de autodefensa o de disuasión.
  • Los aparatos portátiles para la detección y señalización de los riesgos y de los factores de molestia.

Cambios respecto de la Directiva 89/686/CEE que suponen una mayor especificación de algunos requisitos que ayudarán a la mejora de las condiciones de seguridad de los usuarios de los EPI.

  1. Ampliación del ámbito de aplicación a productos de uso privado que protegen contra el calor, la humedad y el agua. En el apartado de las categorías de riesgo, el Reglamento considerará EPI de categoría III aquellos destinados a proteger frente a agentes biológicos nocivos, ahogamiento, corte por sierras de cadena, chorros de alta presión, ruidos nocivos y heridas de bala.
  2. Definición de las responsabilidades de todos los operadores económicos, incluyendo a los distribuidores e importadores. Así el fabricante deberá realizar una evaluación contra los que el EPI está destinado a proteger, así como tener en cuenta tanto los usos previstos del EPI, como los previsibles. Los distribuidores deberán asegurarse que los EPI comercializados cumplen con lo establecido en el Reglamento, en especial en lo relativo a los marcados e informaciones que el Reglamento establece que deben acompañar al EPI.
  3. En lo que concierne a las exigencias documentales, la declaración de conformidad deberá ser entregada con cada EPI o deberá estar accesible para su descarga a través de internet en una dirección que deberá indicarse en el folleto informativo.
  4. El establecimiento de una trazabilidad de los EPI se verá reforzada en el reglamento con la obligación de identificar el equipo con un número de tipo, lote o serie.
  5. El reglamento especifica medidas específicas de vigilancia de mercado, detallando procedimientos de actuación para EPI conformes con el Reglamento que presenten un riesgo o para EPI que presenten algún tipo de incumpliendo formal en lo relativo a la documentación con la que debe entregarse el equipo.
  6. En lo concerniente a la validez de los certificados, se establece que los certificados UE de Tipo (nueva denominación de los certificados CE de Tipo) tendrá una validez máxima de 5 años, definiéndose un procedimiento simplificado de la revisión de los certificados en caso de que no haya habido cambios ni en el equipo ni en el estado del arte.

El Reglamento establece unos tiempos de transición y adaptación a la nueva legislación. Así, hasta el 21 de abril de 2018, sólo podrán comercializarse EPI según la Directiva 89/686/CEE, los certificados de examen CE de Tipo seguirán siendo válidos hasta el 21 de abril de 2023.

*Más info en: PRL CEOE

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